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Reclamaciones a compañías aéreas

Es práctica habitual de las compañías aéreas, sobre todo aquellas que son low cost, cobrar un suplemento adicional por la maleta de mano. Reducen el precio del billete, pero cobran por el bulto de mano en cabina. Resulta que las aerolíneas lo tienen prohibido conforme a la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.

El art. 97 de la Ley 48/1960 establece que el transporte de los bultos de mano  será gratuito, siempre que el peso y el tamaño del bulto sean acorde de la aeronave.

La Sentencia del Tribunal de Justicia de 18 de septiembre de 2014 (Asunto C-487/12) diferencia entre el equipaje facturado y el no facturado. Por medio de esta resolución, el TJUE indica que el equipaje no facturado resulta indispensable para el pasajero durante su trayecto, por lo que el cobro adicional resulta ser una cláusula abusiva y, por tanto, nula. No supone a la compañía un encarecimiento de costes, pues la responsabilidad de custodiarlo corresponde al propio pasajero.

Recientemente, muchos Juzgados de lo Mercantil están obligando a las aerolíneas a devolver a los pasajeros el sobrecoste impuesto por las maletas de mano, en base ello a la Sentencia del TJUE, que aplica el art. 97de la Ley 48/1960 de Navegación Aérea.

Para cuando el pasajero se niega a abonar este suplemento por llevar la maleta de mano en cabina y la compañía le deniega el embarque, se podrá solicitar indemnización en base al Reglamento (CE) 261/2004, pues sólo se puede denegar el embarque por razón de salud o seguridad. Supondría una situación de superioridad de la compañía contra el pasajero y por ello tendría derecho a compensación.

La cantidad a la que ascienda la indemnización dependerá de la distancia del trayecto medida en km:

  • 250€ cuando la distancia sea inferior a 1.500km.
  • 400€ cuando la distancia sea entre 1.500 y 3.000km.
  • 600€ cuando la distancia sea superior a 3.000km.

El pasajero también tendrá derecho al reembolso o a transporte alternativo.

Podemos ayudarle; contáctenos y le asesoraremos sobre sus derechos como pasajero, las obligaciones de la compañía aérea y el procedimiento de reclamación.

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